[Logo: Homes and Communities: U.S. Department of Housing and Urban Development]
[Vea la versión en español de esta página] [Contact Us] [Display the text version of this page] [Search/Index]
 
HUD News
Newsroom
Priorities
About HUD

Homes
Buying
Owning
Selling
Renting
Homeless
Home improvements
HUD homes
Fair housing
FHA refunds
Foreclosure
Consumer info

Communities
About communities
Volunteering
Organizing
Economic development

Working with HUD
Grants
Programs
Contracts
Work online
HUD jobs
Complaints

Resources
Library
Handbooks/ forms
Common questions

Tools
Webcasts
Mailing lists
RSS Feeds
Help

[The U.S. government's official web portal]  

Programa de Unificación Familiar

- -
 Information by State
 Esta página en español
 Print version
 

Resumen:
El Programa de Unificación Familiar ofrece ayuda de alquiler de la Sección 8 a familias cuya falta de vivienda adecuada es una causa principal de la separación, o inminente separación, de un niño o niños de sus familias.

Propósito:
El Programa de unificación Familiar ofrece ayuda de alquiler de la Sección 8 para familias elegibles, de modo que los niños no sean separados de sus padres debido a la falta de vivienda. Está disponible para ayudar a aproximadamente 16,000 familias. El programa es financiado y operado bajo el Programa de Certificados de la Sección 8.

Tipo de Ayuda:
Los certificados de la Sección 8 son facilitados para familias elegibles. En el programa de certificado de la Sección 8, HUD otorga financiación para certificados de la Sección 8 a autoridades de vivienda pública (PHA) y las autoridades emiten los certificados a familias elegibles. La PHA paga al dueño de la propiedad un subsidio que equivale a la diferencia entre la porción del alquiler del inquilino (el 30 por ciento del ingreso ajustado, el 10 por ciento del ingreso bruto, ó la porción de asistencia pública designada para vivienda), los servicios públicos pagados por la familia, y el alquiler de valor de mercado justo establecido por HUD para el área. Además, HUD paga a la agencia de vivienda un honorario por administrar el programa.

Beneficiarios del subsidio elegibles:
Empezando en 1997, todas las autoridades de vivienda pública autorizadas bajo la ley estatal para desarrollar u operar programas de ayuda de vivienda pueden solicitar financiación para operar un Programa de Unificación Familiar.

Clientes elegibles:
Para ser elegible para recibir un certificado de la Sección 8 bajo el Programa de Unificación Familiar, una familia debe ser elegible para el programa de la Sección 8, y la agencia de asistencia pública local debe certificar que la falta de vivienda adecuada es una razón primordial por la que el ó los niños de la familia pueden ser colocados en cuidado fuera del hogar o ser prevenidos de regresar a la familia después de haber sido colocados en este tipo de cuidado. "Falta de vivienda adecuada" significa que la familia vive en vivienda no adecuada o está (o será) desplazada involuntariamente.

Actividades elegibles:
En cada ronda de financiación, las autoridades de vivienda pública participantes o las agencias administradoras son otorgadas un número específico de certificados. En el año fiscal de 1997 (FY), HUD otorgó fondos para aproximadamente 8,600 certificados por unificación familiar. Las familias pueden recibir ayuda de la Sección 8 mientras permanezcan elegibles para el programa.

Solicitud:
Las autoridades de vivienda solicitan financiación mediante respuesta a Avisos de Disponibilidad de Fondos (NOFA) publicados en el Registro Federal. Cada NOFA identifica las áreas asignadas, las cantidades de fondos disponibles según el área, y los criterios de selección para evaluación y puntaje de las solicitudes. Las autoridades de vivienda pública tienen 30 días para presentar solicitudes. Las familias interesadas pueden solicitar ayuda a través de su autoridad de vivienda pública.

Estado de financiación:
Desde el FY1997 en que el congreso comprometiera fondos para la Sección 8, HUD ha asignado $58.8 millones en autoridades presupuestarias de un año para el Programa de Unificación Familiar.

Orientación técnica:
El Programa de Unificación familiar está autorizado por la Ley de Vivienda de Estados Unidos de 1937, según enmienda a la ley por la Sección 533 de la Ley de Vivienda Asequible Nacional Cranston-González de 1990 (P.L. 101-625). Es administrado por la Oficina de Entrega de Vivienda Pública y Asistida de la Oficina de Vivienda Pública y de Comunidades Indígenas de HUD, teléfono (202) 708-0477.

Para mayor información:
Para información adicional, comuníquese con la Oficina de Campo de HUD estatal o local más cercana. Para mayor información sobre el Programa de Certificados de Alquiler de la Sección 8, visite el sitio web de HUD relacionado.

 
Contenido actualizado el 13 July 2009   Follow this link to go  Back to top   
----------
FOIA Privacy Web Policies and Important Links  Home [logo: Fair Housing and Equal Opportunity]
[Logo: HUD seal] U.S. Department of Housing and Urban Development
451 7th Street S.W., Washington, DC 20410
Telephone: (202) 708-1112   TTY: (202) 708-1455
Find the address of a HUD office near you